Realice una correcta implementación del SG-SST:
Orientamos su empresa en la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, así su empresa podrá dar cumplimiento al Decreto único reglamentario del sector del trabajo.
Procesos estándar de calidad:
El SG-SST lo implementamos con asesores expertos, así su empresa dará cumplimiento al decreto 1443 de 2014, junto al Decreto 1072 de 2015, el cual va dirigido a todo tipo de empresa.
Experiencia y Calidad de la implementación:
Contamos con profesionales expertos en el sistema de gestión para su empresa brindando a este proceso calidad, cumplimiento y respaldo.
Debemos tener presente que las condiciones de cada empresa son totalmente diferentes, por lo tanto la documentación que se estructure en cuenta al SG-SST, es una y exclusiva de la empresa.
Para darle un buen manejo a la implementación del SG-SST, debemos tener presente los siguientes aspectos:
1. ASPECTOS EMPRESA CLIENTE:
Actividad Económica.
Clase de Riesgo.
Número de trabajadores.
Sedes.
Manejo de Contratistas y/o Subcontratistas.
Cumplimiento a requisitos Contractuales.
Proyectos adicionales.
2. EVALUACIÓN INICIAL DEL SG-SST
La Evaluación inicial del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo al Artículo 16 del Decreto 1443 de 2014, se debe realizar con el fin de identificar las prioridades, para establecer el Plan de Trabajo anual o para la actualización del existente.
Cuando se establecen las prioridades de acuerdo a la identificación, se generan objetivos claros y coherentes en cuanto al SG-SST, y por lo tanto nuestra planeación nos puede dar un promedio de tiempos y actividades a desarrollar, de esta manera podemos identificar el tiempo promedio real de la implementación del SG-SST, cumplimiento normativo, desarrollos técnicos y costos adicionales.
3. REQUERIMIENTOS SERVICIO:
– Asesoría.
– Consultoría.
– Implementación.
– Auditoria.
4. TIEMPOS Y PLAZOS:
Se debe analizar el número de trabajadores, para verificar los plazos establecidos en el Decreto 1443 del 31 de julio 2014, Artículo 37:
A) 18 meses para las empresas de menos de 10 trabajadores.
B) 24 meses para las empresas con 10 a 200 trabajadores.
C) 30 meses para las empresas de 201 o más trabajadores.
5. MANEJO DE PAGOS
– Horas
– Mensualidades
– Valor total Proyecto.
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